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Fase 0: guía práctica para la apertura de locales comerciales y establecimientos de restauración

5 de mayo de 2020

A partir de este lunes 4 de mayo, los comercios y locales de servicio de menos de 400 metros cuadrados de Barcelona pueden abrir al público. La medida, incluida dentro de la fase 0 del plan de desescalada aprobada por el gobierno español, permite también la recogida de productos en los comercios y de comer en los bares y restaurantes de la ciudad. Los establecimientos que opten por abrir deben aplicar una serie de medidas de higiene, seguridad, aforo y prevención encaminadas a reducir el riesgo de la propagación de la Covidien-19 entre la ciudadanía y entre el personal.

La entrada en vigor de la fase 0 del “Plan para la transición hacia una nueva normalidad”, diseñado por el Ministerio de Sanidad, incluye diversas acciones y medidas dirigidas al tejido comercial de proximidad. Con el objetivo de empezar a caminar hacia el periodo de desescalada -que se iniciará con la fase 1 el próximo día 11 de mayo-, el gobierno español ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una serie de medidas pensadas para aplicar en tiendas y locales de la ciudad que tengan menos de 400 metros cuadrados y que hasta ahora no podían abrir con motivo del estado de alarma. Así pues, estas medidas no afectan a aquellos comercios que ya estaban abiertos durante el estado de alarma por ser considerados de primera necesidad.

Qué comercios pueden abrir durante la fase 0?

A partir del 4 de mayo, pueden volver a abrir al público todos los establecimientos y locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados de superficie que tuvieron que bajar la persiana el pasado 14 de marzo, a raíz de la publicación del Real Decreto 463 / 2020 que declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria de la Covid-19.

Así pues, no podrán abrir al público los establecimientos de la ciudad que tengan locales de más de 400 metros cuadrados. Tampoco lo podrán hacer los comercios y servicios que formen parte de un centro comercial, a excepción de aquellos que cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior.

¿Qué requisitos deben cumplirse para abrir durante la fase 0?

Los comercios de Barcelona que reabran al público deben cumplir una serie de medidas, detalladas en el BOE por el gobierno español. En primer lugar, deben habilitar obligatoriamente un sistema de cita previa que asegure que dentro del establecimiento sólo hay un solo cliente para cada trabajador. Tampoco se permite crear ni utilizar ningún tipo de zona de espera en el interior del establecimiento.

En segundo lugar, hay que garantizar la atención individualizada del cliente con una separación física prudente. En caso de que no fuera posible, el establecimiento debe habilitar sistemas como mamparas.

En tercer lugar, las tiendas deben cumplir con un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años, que se ha de hacer coincidir con las franjas horarias que tiene este colectivo para hacer paseos y actividad física: de 10 a 12 de la mañana y de 7 a 8 de la tarde.

Durante la fase 0 se permite que los establecimientos abiertos también puedan poner en marcha sistemas de recogida de productos en el mismo local. Asimismo, es necesario que la tienda garantice las entregas de una forma escalonada que evite aglomeraciones en el interior del local y en los accesos.

¿Qué medidas de higiene deben aplicar los comercios?

El comercio de proximidad que opte por reabrir durante la fase 0 también tiene la obligación de aplicar diversas medidas de carácter higiénico para garantizar la seguridad sanitaria de la clientela y de su personal. En primer lugar, es necesario que realicen tareas de limpieza y desinfección global de las instalaciones al menos dos veces al día.

Además, la tienda tiene que prestar una atención especial a las superficies de contacto más frecuentes para asegurar su constantemente la desinfección. Son ejemplos los pomos de las puertas, los mostradores, los muebles del local, los pasamanos, las máquinas dispensadoras, el suelo, los teléfonos, las perchas, los carros o las cestas, los grifos y otros elementos similares.

Una de las limpiezas se debe realizar obligatoriamente cuando termina el horario de apertura al público. Para llevar a cabo las diversas desinfecciones, se deben utilizar desinfectantes como diluciones de lejía con cantidades 1:50 ó cualquiera de los desinfectantes comercializados y autorizados por el Ministerio de Sanidad que tengan un efecto viricida. Después de cada desinfección, el material que se haya usado se debe eliminar de forma segura y, posteriormente, lavarse las manos.

Para facilitar las tareas de limpieza, así como de mantenimiento y reposición, el BOE especifica que se podrá hacer una pausa a lo largo de la jornada preferiblemente al mediodía.

Si el establecimiento comercial tiene más de una persona trabajadora que atiende al público, las medidas de limpieza también se deberán aplicar en las zonas privadas de personal como los vestuarios, las taquillas, los servicios, las cocinas y las áreas de descanso. Además, los uniformes y la ropa de trabajo se deben lavar entre 60 y 90 grados y deben ventilar correctamente los locales.

En cuanto al uso de los servicios, sólo pueden ser utilizados por el personal y no por la clientela. En caso de que sea una situación extraordinaria, es necesario que el servicio se desinfecte después de su uso. Las papeleras deben tener un soporte de activación por pedal y se deben limpiar con frecuencia: al menos, una vez al día.

¿Qué medidas de prevención de riesgo deben aplicar los comercios para proteger a su personal?

En primer lugar, el BOE recuerda que no pueden incorporarse a los puestos de trabajo aquellos trabajadores que estén en aislamiento domiciliario por tener diagnosticada la Covid-19 o de alguno de los síntomas compatibles. Aquellos que no hayan tenido síntomas pero que estén en cuarentena por haber tenido contacto con una persona con indicios o diagnóstico de Covid-19 tampoco pueden reincorporarse.

En segundo lugar, el fichaje mediante huella digital debe sustituirse por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas. En caso de que no sea posible, es necesario desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso.

Y en tercer lugar, la disposición de los puestos de trabajo y la organización de los turnos debe adaptarse para garantizar siempre la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre trabajadores. La responsabilidad recae sobre el titular de la actividad económica o la persona a quien se deleguen estas funciones. La distancia de seguridad también se deberá cumplir los vestuarios, las taquillas y los servicios del personal.

¿Qué medidas de protección debe adoptar el comercio para proteger la clientela?

Deben velar por que los clientes sólo estén al establecimiento el tiempo imprescindible para comprar o recibir el servicio. También hay que señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo o carteles, por ejemplo.

Los establecimientos deben poner a disposición de la clientela dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad viricida autorizados por el Ministerio de Sanidad del gobierno español. Se deben colocar los accesos del local. Además, los establecimientos que tengan zonas de autoservicio, debe ser el trabajador del comercio quien manipule los productos. Del mismo modo, no se pueden poner a disposición de los clientes productos de prueba.

En cuanto al comercio dedicado a la venta de prendas de ropa o similares, el establecimiento debe implementar medidas para que la pieza sea higienizada antes de ser facilitada a los clientes. Los probadores deberán utilizarse sólo para una persona y habrá que se desinfecten y se limpien después de cada uso.

En el caso de la hostelería y la restauración, ¿cómo se aplica la fase 0?

Pueden realizarse sólo mediante servicios de entrega a domicilio y mediante la recogida de pedidos por los clientes a los mismos establecimientos. El consumo en el interior de los locales está prohibido. Además, con respecto a las entregas a domicilio, es necesario que el establecimiento prepare un sistema de reparto preferente para las personas mayores de 65 años, personas dependientes u otros colectivos vulnerables.

Hay que evitar siempre aglomeraciones para recoger los pedidos tanto en los accesos como en el interior de los locales. Los establecimientos sólo pueden estar abiertos al público durante el horario de recogida de los pedidos.

El titular del negocio debe asegurarse de que todo el personal cuente con equipos de protección individual adecuados a sus tareas. Al menos, hay que proporcionarles mascarilla y geles hidroalcohólicos o jabón para las manos.

De cara a los clientes, a la entrada del establecimiento hay que colocar geles hidroalcohólicos y papeleras con activación por pedal, con una bolsa de basura. Los clientes sólo pueden estar dentro del local el tiempo imprescindible para recoger la entrega.

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