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Empresa y Conocimiento activa una nueva línea de ayudas de 10 M€ para locales de centros comerciales y negocios de más de 400 m2

10 de marzo de 2021

  • El Departamento de Empresa y Conocimiento ha publicado hoy en el DOGC las bases de esta nueva línea de ayudas directas dirigida a los establecimientos que han sido cerrados entre el 7 de enero y el 28 de febrero y que recibirán una ayuda de 5.000 euros.
  • Los establecimientos de restauración ubicados en centros, recintos y galerías comerciales, que continúan cerrados, recibirán una ayuda de 7.000 euros.
  • Los locales que ya se han beneficiado de la primera línea de ayudas, abierta el mes de enero, recibirán un nuevo pago de manera automática sin tener que hacer ninguna solicitud nueva.
  • Únicamente será necesario presentar el formulario con una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, y adjuntar dos fotos del establecimiento (una del interior y una del exterior).

El Departamento de Empresa y Conocimiento ha activado una nueva línea de 10 millones de euros para los establecimientos ubicados en centros, galerías y recintos comerciales y locales de más de 400 metros cuadrados, cerrados entre el 7 de enero y el 28 de febrero, de acuerdo con las medidas de contención aprobadas por Procicat para hacer frente a la pandemia de la Covid-19. El DOGC publicó el viernes las bases de esta línea de ayudas, que se articula a través del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda (CCAM) y que se abrirá en los próximos días.

Es la segunda línea de ayudas directas que pone en marcha el Departamento de Empresa y Conocimiento para estos establecimientos comerciales, tras la que se abrió el pasado mes de enero, con una ayuda de 8.500 euros por establecimiento, con el objetivo de contribuir a paliar los efectos de las restricciones en estos locales.

Beneficiarios: comercios de más de 400 metros cuadrados y locales de centros comerciales

Como en la primera línea, los beneficiarios son autónomos y pymes dedicados a las actividades de comercio al por menor afectados por la orden de cierre sanitario. En concreto, se podrán beneficiar los establecimientos comerciales de productos no esenciales de más de 400 metros cuadrados, y las tiendas de productos no esenciales situados dentro de centros, galerías y recintos comerciales. A diferencia de la convocatoria anterior, se establecen ayudas específicas para los establecimientos de restauración ubicados en centros, recintos y galerías comerciales, dado que continúan cerrados de acuerdo con las restricciones aprobadas por el Procicat.

Las ayudas consistirán en un aporte por establecimiento de:

  • 5.000 euros/establecimiento para comercios de productos no esenciales de más de 400 metros cuadrados
  • 5.000 euros/establecimiento para comercios al por menor de productos no esenciales ubicados en centros, recintos o galerías comerciales
  • 7.000 euros/establecimiento para bares, restaurantes y cafeterías ubicadas en centros, galerías o recintos comerciales

Procedimiento: Agilización por vía telemática con control a posteriori, y beneficiarios de la primera línea recibirán pago automático sin tener que hacer nueva solicitud

Los comercios que han sido beneficiarios de la primera línea de ayudas, recibirán un nuevo pago de manera automática sin tener que hacer ninguna solicitud nueva.

Los que no se hayan acogido, deberán presentar las solicitudes temáticamente a través del Canal Empresa, rellenando el modelo formalizado que se puede encontrar en la web del CCAM, de Canal Empresa o del Departamento de Empresa y Conocimiento. Sólo habrá que hacer una declaración responsable acreditando que se cumplen los requisitos previstos en las bases, y adjuntar dos fotos del establecimiento (una del interior y una del exterior). No se exigirá ningún otro requerimiento para el otorgamiento de la subvención y el control del cumplimiento de los requisitos se hará a posteriori.

Los solicitantes podrán consultar si se les ha otorgado la ayuda en el tablero electrónico de la Generalitat. Las subvenciones se otorgarán por orden cronológico de presentación de la solicitud.

Estas ayudas se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas públicas y / o privadas ya solicitados procedentes de cualquier administración, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

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