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Aprobada la moratoria en el pago de los alquileres de locales comerciales

24 de abril de 2020

El Consejo de Ministros del Gobierno del Estado, ha aprobado este martes, 21 de abril, un nuevo Real Decreto sobre medidas económicas urgentes enfocadas a apoyar a trabajadores y la ocupación, a reforzar la financiación empresarial, canalizar recursos y liquidez al tejido empresarial tal como explicaba la ministra de Economía, Nadia Calviño.

Son 30 medidas a aplicar, entre los que destacan la renegociación y aplazamiento del pago del alquiler de locales comerciales en los siguientes termas:

  • Si el propietario del local es un gran tenedor (titulares de 10 o más inmuebles urbanos) o empresa pública, el arrendatario puede pedir una moratoria en el pago de su alquiler. Esta se aplicará de manera inmediata y durará todo el tiempo que se alargue el estado de alarma y los meses siguientes (con prórrogas mensuales) hasta un máximo de 4 meses extra.

 

  • Si el local pertenece a un pequeño propietario, el arrendatario podrá pedir la suspensión “temporal y extraordinaria” del pago del alquiler si no ha habido un aplazamiento o rebaja previamente, acordada por las dos partes.



Adicionalmente, se podrá hacer uso de la fianza “como mecanismo adicional” a otros acuerdos a los cuales hayan llegado arrendador-arrendatario, que servirá para que el arrendatario pueda afrontar el pago con más liquidez.



Quién se puede acoger?

Pymes y Autónomos locatarios de locales comerciales con su actividad suspensa o que, a pesar de estar autorizados a abrir, han registrado caídas superiores al 75% de su facturación el mes natural anterior a la solicitud de la moratoria.


En el caso de los autónomos que soliciten estas prórrogas tendrán que estar afiliados y en situación de alta desde la entrada en vigor de la alarma, el 14 de marzo.

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